En el bus escolar también usa el cinturón de seguridad
En los dos últimos cursos escolares se han ido dando una serie de modificaciones en el sistema de transporte escolar encaminadas a eliminar el doble turno en los recorridos de bus escolar de nuestra escuela, es decir, a evitar que los niños y niñas tuvieran que seguir esperando, incluso hasta más de media hora en muchos casos, en los patios del colegio, tanto por las mañanas antes de entrar a clase, como por las tardes después de acabar las clases. Este cambio conllevaba, además, buscar un modelo más sostenible.
Hasta entonces había 7 autobuses que realizaban 13 recorridos (6 de ellos a doble turno y uno a turno único). Ahora, desde el inicio del presente curso escolar, funcionan 10 autobuses, con único turno, y que, por tanto, realizan un total de 10 recorridos.
Lamentablemente, pese a ser Karrantza el municipio de mayor superficie de toda Bizkaia, el espacio de carga y descarga de los buses escolares es limitado, pero las empresas (y, lógicamente, sus chóferes), han mostrado una actitud muy colaboradora desde el inicio del curso escolar, para aprovechar del mejor modo posible el espacio de ubicación.
EMPRESAS ADJUTICATARIAS
El departamento, antes de la finalización del curso anterior, sacó a
adjudicaciones los recorridos del transporte escolar de toda Bizkaia, proceso
que se resolvió al inicio de septiembre de 2017.
-- UTE Portillo-Busto: 5 recorridos.
-- Autocares Alba: 3 recorridos.
-- Autocares Zalla (Arzabe): 1 recorrido.
-- Zurekin Bus: 1 recorrido.
DETALLE de los RECORRIDOS (paradas)
B3301: "Lanzasagudas" (Lanzasagudas--Bernales--El
Cuadro--CEIP Concha).
B3302: "Sangrices-Matienzo" (El Rebollar--Sangrices(2)--Las
Callejuelas--Matienzo (2)--CEIP Concha).
B3303: "Biañez" (Paules--Las Llamas--Biañez (2)--Bollain-- El Callejo--El Ferial (2)--CEIP
Concha).
B3304: "Ambasaguas" (Ambasaguas Batzoki--CEIP Concha).
B3305: "Aldeacueva" (Valnera--La Calera del
Prado--Salviejo--Aldeacueva--Sierra--Bustillo--CEIP Concha).
B3306: "Soscaño-San Esteban" (Soscaño--Trespalacio--Llano--Otides--San Ciprian--Treto--Villanueva de Presa--La Herran--Sancides--San Esteban (3)--Los Lombanos--CEIP Concha).
B3307: "Lanestosa" (Lanestosa--La Cadena--La
Tolina--CEIP Concha).
B3308: "El Suceso" (El Pico--El Suceso--Las
Torcachas--Herboso--Manzaneda de Biañez--El Callejo--CEIP Concha)
B3309: "Pando-Ahedo" (Las Barcenas--Pando--Cezura--Villapaterna--La
Lama--La Calera de Salduraño--Ahedo (2)--CEIP Concha).
B33010: "Ranero-Ambasaguas" (Ranero--Santecilla--Ambasaguas
Gasolinera--Las Campas--CEIP Concha).
Zurekin Bus realiza el recorrido de El Suceso
Cada recorrido tiene un color asignado e identificativo y llevan en su salpicadero un rótulo con el número y color del recorrido.
Del conjunto de alumnado usuario de transporte escolar en el gráfico superior se muestra la parte que pertenece a cada recorrido (por colores identificativos).
ALUMNADO USUARIO
En la tabla inferior se pueden ver el nº de alumnado de cada recorrido:
BUS
|
RECORRIDO
|
MONITORA
|
Nº de ALUMNADO
|
||
KONTXA
|
IES
|
TOTAL
|
|||
B3301
|
Lanzasagudas
|
Silvia
|
5
|
4
|
9
|
B3302
|
Sangrices-Matienzo
|
Mertxe
Monduate
|
16
|
3
|
19
|
B3303
|
Biañez
|
Jesu
Martin
|
14
|
6
|
20
|
B3304
|
Ambasaguas
|
Marisa
|
28
|
10
|
38
|
B3305
|
Aldeacueva
|
Hodei
Portillo
|
10
|
2
|
12
|
B3306
|
Soscaño-San
Esteban
|
Mari
|
29
|
14
|
43
|
B3307
|
Lanestosa
|
Irune
Cosgaya
|
20
|
7
|
27
|
B3308
|
El
Suceso
|
Miren
|
15
|
4
|
19
|
B3309
|
Pando-Ahedo
|
Rosa
Elechiguerra
|
14
|
6
|
20
|
B33010
|
Ranero-Ambasaguas
|
Mertxe
Elechiguerra
|
13
|
8
|
21
|
Kontxa
|
IES
|
Total
|
|
HH
|
LH
|
||
59
|
104
|
64
|
227
|
163
|
En el siguiente cuadro se ve en el conjunto de alumnado de transporte escolar qué parte de alumnado es de cada etapa (infantil, Primaria y ESO).
Además, se mantiene una monitora de patio (Zaloa Trevilla), que al
igual que las acompañantes de buses escolares pertenecen a la empresa EULEN.
Las monitoras de bus escolar recogen en un listado semanal las
ausencias del alumnado en el transporte escolar, cumpliendo con la normativa
vigente. Este listado es entregado en Dirección, que lo remite a la Responsable
de EULEN (Pilar Romo).
La UTE Portillo-Busto tiene cinco recorridos: Ambasaguas (nº 4), Aldeacueva (nº 5), Soscaño--San Esteban (nº 6), Lanestosa (nº 7) y Ranero-Ambasaguas (nº 10).
ESKOLA GARRAIORAKO ESKUBIDEA
Ikastetxetik bizi daitezen
distantziaren arabera garraioa behar duten HH, LH eta DBHko ikasleei Hezkuntza,
Unibertsitate eta Ikerketa Sailak bere ikasle-garraioaren zerbitzua ematen die.
Halaber, araudian eskaturiko baldintzak bete dituztenei eta eskatzen dutenei
garraiorako banakako dirulaguntzak ematen dizkie.
Ikastetxeek ordaindu gabeko garraio gabeko zerbitzua daukate ondorengo zehaztapenak kontuan hartuz: HH, LH eta DBHko ikasleek soilik daukate zerbitzu hau erabiltzeko eskubidea, beren bizilekutik ikastetxera dagoen distantziaren arabera , eta beti ere Udaletexeak egindako agiria aurkeztuz gero:
Ikastetxeek ordaindu gabeko garraio gabeko zerbitzua daukate ondorengo zehaztapenak kontuan hartuz: HH, LH eta DBHko ikasleek soilik daukate zerbitzu hau erabiltzeko eskubidea, beren bizilekutik ikastetxera dagoen distantziaren arabera , eta beti ere Udaletexeak egindako agiria aurkeztuz gero:
HH, LH eta DBHko 1. eta 2. mailetako ikasleentzat : 2 kilometro gutxienez.
3. eta 4. mailetako ikasleentzat : 4 kilometro gutxienez.
3. eta 4. mailetako ikasleentzat : 4 kilometro gutxienez.
ESKOLA GARRAIOKO IRIZPIDE OROKORRAK HAUR HEZKUNTZAN (2. zikloa), LEHEN HEZKUNTZAN ETA DBHen (1. eta 2. zikloetan) APLIKATZEARI BURUZKOA
TE-1/2012 zirkularra, Hezkuntza,Unibertsitate eta Ikerketa Saileko Administrazio eta Zerbitzuen Sailburuordearena
TE-1/2012 zirkularra, Hezkuntza,Unibertsitate eta Ikerketa Saileko Administrazio eta Zerbitzuen Sailburuordearena
NORMATIVAS DE TRANSPORTE ESCOLAR
El transporte escolar es un espacio educativo y, por tanto, durante el mismo son también de aplicación las normas escolares sobre convivencia entre alumnado. Conviene recordar que el derecho a transporte escolar puede ser confiscado si no se respeta su normativa. Para ello, es muy importante la colaboración de las familias del alumnado.
1.- PERSONAL ACOMPAÑANTE DE BUS
ESCOLAR Y MONITORA DE
PATIO
1.1.- RECOPILACIÓN DE NORMATIVAS Y DETALLES DE
APLICACIÓN
Es el DECRETO 69/ 2015, de 19 de mayo, el que
regula el Transporte Escolar del alumnado de los centros docentes públicos no
universitarios de la CAPV.
De dicho
documento oficial nos parece interesarte rescatar lo siguiente:
- En su
capítulo V, “DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE”, artículo 7, punto 1,
dice:
Corresponde a la dirección del centro la organización,
seguimiento, control y supervisión del servicio así como la gestión de las
incidencias o denuncias que se puedan derivar de las conductas del alumnado o
en la prestación del servicio.
- En su artículo 10, apartado d), indica:
El tiempo de prestación del servicio por parte del personal acompañante
de transporte escolar será el que transcurre desde el inicio de la ruta en la
primera parada donde se recoge al alumnado, hasta la hora de inicio de las
clases, y desde la finalización de las clases hasta la última parada hasta
donde se desplace el alumnado.
- Más adelante, el propio artículo 10, en su
punto 2, expresa las funciones y
obligaciones del personal acompañante:
El personal acompañante tendrá las funciones y obligaciones señaladas en
la normativa vigente y en el contrato suscrito y, entre ellas, las siguientes:
a)
Realizar la ruta desde la primera parada de transporte,
donde debe incorporarse, hasta el final de la misma.
b)
Ayudar a subir al alumnado al vehículo y, fundamentalmente,
en los casos en los que el alumnado sufra dificultades especiales, acomodarlo y
asegurarse de que ocupan sus respectivos asientos y de que no interfieran con
la persona que conduce. Velar en todo momento por el bienestar del alumnado.
c)
Controlar que no entre nadie ajeno al autobús y, por lo que
se refiere al trayecto de regreso, comprobar que cada niño o niña se baje en su
parada correspondiente. No se permitirá que los niños o niñas cambien de
autobús, ni de parada, salvo autorización expresa por parte de la dirección del
centro.
d)
Acompañar al alumnado desde el autobús hasta el interior
del recinto escolar, y en su caso, el cuidado de estos hasta la hora de inicio
de las clases.
e)
Se asegurará de que los niños y niñas son recogidos por sus
padres o madres, representantes o persona designada por los mismos. En caso
contrario no dejará al alumno o alumna bajar del autobús, tratando de
comunicarse con sus padres, madres o representantes. Asimismo lo comunicará al
centro y a la empresa indicándole estos últimos las medidas a tomar.
f)
El personal acompañante deberá tener la competencia
lingüística suficiente para atender en cualquiera de las dos lenguas oficiales
a los escolares, a sus padres y madres, así como a sus representantes legales.
g)
Recibirá un listado en el que figuren los alumnos y alumnas
que pueden utilizar el autobús y controlará que sólo los alumnos y alumnas
relacionados en la lista utilicen el servicio.
h)
Comunicará a la dirección del centro y a su empresa
cualquier alteración o incidencia surgida en el trayecto: modificación de
paradas, incumplimiento horario, etc.
i)
Conocerá los mecanismos de seguridad del vehículo y la
ubicación del botiquín.
j)
En caso de indisposición del alumnado u otras
circunstancias que se produzcan en el recorrido, cuidará de los alumnos o
alumnas afectados y, en su caso, llamará a los servicios médicos de urgencia.
k)
Por seguridad comprobará que todos los bultos como
mochilas, bolsas, etc. sean ubicados en su lugar correcto, no entorpeciendo
pasillos ni accesos.
l)
Colaborará a través de la empresa adjudicataria con el
personal encargado del transporte de cada una de las Delegaciones Territoriales
de Educación en el control y toma de datos con el fin de mejorar el servicio.
m)
Verificará la compañía y la matrícula del vehículo
utilizado y, en el caso de que no sea el asignado para el trayecto, lo
comunicará a la dirección del centro y a su empresa.
n)
Durante la prestación del servicio, y en base a la
naturaleza del mismo, mantendrá una actitud correcta.
o)
Ante una situación difícil, el personal acompañante se
pondrá en contacto con el centro escolar y con la empresa adjudicataria del
servicio para que éstos adopten las medidas oportunas.
p)
Cualesquiera otras funciones que deba desempeñar en virtud
de lo previsto en el pliego de prescripciones técnicas del servicio.
Estas funciones y
obligaciones del personal acompañante también están recogidas, con otro estilo
de redacción, en el PLIEGO DE PRESCRIPCIONES
TÉCNICAS PARA EL SERVICIO DE ACOMPAÑAÑTES DEL TRANSPORTE ESCOLAR A LOS
CENTROS PÚBLICOS DEPENDIENTES DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA
LINGÜÍSTICA Y CULTURA PARA LOS CURSOS ESCOLARES 2014/15, 2015/16 Y 2016/17, que
en su punto 6 indica:
OBLIGACIONES DEL
PERSONAL DE ACOMPAÑAMIENTO DE TRANSPORTE ESCOLAR Con la implantación del
Servicio de Acompañantes de Transporte Escolar se pretende conseguir una mayor
seguridad en el transporte de los alumnos desde su parada hasta el centro
escolar. Son obligaciones del personal acompañante a nivel meramente
enunciativo, que no limitativo, entre otras, las siguientes:
1.- Realizar el
itinerario desde la primera parada de transporte, donde debe incorporarse,
hasta el final del mismo. Ayudar a subir a los niños al vehículo y,
fundamentalmente, en los casos en los que los alumnos sufran dificultades
especiales, acomodarlos y asegurarse de que ocupan sus respectivos asientos y
de que no interfieran con el conductor. Velará en todo momento por el bienestar
de los niños. Controlará que no entre nadie ajeno al autobús y, por lo que se
refiere al trayecto de regreso, comprobará que cada niño se baje en su parada
correspondiente. No se permitirá que los niños cambien de autobús, ni de
parada, salvo autorización expresa por parte de la Dirección del centro.
Acompañará a los niños desde el autobús hasta el interior del recinto escolar,
y en su caso, el cuidado de estos hasta el inicio de las clases.
2.- Se asegurará que
los niños son recogidos por sus padres o persona designada por los mismos. En
caso contrario no dejará al niño bajar del autobús, tratando de comunicarse con
sus padres. Asimismo lo comunicará al centro y a la empresa indicándole estos
últimos las medidas a tomar.
3.- Recibirá un listado
en el que figuren los alumnos/as que pueden utilizar el autobús y controlará
que sólo los alumnos/as relacionados en la lista utilicen el servicio.
4.- Comunicará a la
Dirección del Centro y a su empresa cualquier alteración o incidencia surgida
en el trayecto: modificación de paradas, incumplimiento horario, etc.
5.- Conocerá los
mecanismos de seguridad del vehículo y la ubicación del botiquín.
6.- En caso de
indisposición del alumnado u otras circunstancias que se produzcan en el
recorrido, cuidará de los niños afectados y, en su caso, llamará a los
servicios médicos de urgencia.
7.- Por seguridad
comprobará que todos los bultos como mochilas, bolsas, etc. sean ubicados en su
lugar correcto, no entorpeciendo pasillos ni accesos.
8.- Colaborará a través
de la empresa adjudicataria con los encargados del transporte de cada una de
las Delegaciones Territoriales de Educación en el control y toma de datos con
el fin de mejorar el Servicio.
9.- Verificará la
compañía y la matrícula del vehículo utilizado y, en el caso de que no sea el
asignado para el trayecto, lo comunicará a la dirección del centro y a su
empresa.
10.- Durante la
prestación del servicio, y en base a la naturaleza del mismo, mantendrá una
actitud correcta.
11.- Ante una situación
difícil, el acompañante se pondrá en contacto con el centro escolar y con la
empresa adjudicataria del servicio para que éstos adopten las medidas
oportunas.
12.-Cualquier otra
función necesaria para la realización del servicio.
Más adelante, el mencionado PLIEGO DE
PRESCRIPCIONES aborda,
en su punto 7, relativo a CUIDADORES DE PATIO,
lo que a continuación de transcribe:
Su objeto es
exclusivamente la de facilitar la organización logística de los itinerarios de
transporte escolar como apoyo a la labor realizada por el acompañante del
autobús en los casos que sea preciso.
Funciones:
1.- Velar por la
seguridad de los niños en el patio. Asimismo, al fin de la jornada lectiva,
cuidar de los niños en el patio hasta que estos tomen su correspondiente
vehículo.
2.- Los niños
permanecerán en el patio del centro docente, y los/las cuidadores se asegurarán
que estos no abandonen dicho espacio.
3.- Velar por el
bienestar de los niños, asegurándose de que no corran riesgos, en cuanto a
juegos peligrosos, peleas, etc., manteniéndolos supervisados y controlados
durante todo el tiempo de permanencia en el patio.
4.- Conocer la
ubicación del botiquín del colegio, así como atender a cualquier niño que se
encuentre indispuesto durante su permanencia en el patio escolar.
5.- Mantener una
actitud correcta en presencia de los niños.
6.- Comunicar a la
Dirección del Centro, así como a su empresa, cualquier alteración o incidencia
sucedida durante la estancia en el patio.
7.- Ante una situación
difícil surgida en el patio, el acompañante se pondrá en contacto con algún
responsable del centro para que éste adopte las medidas oportunas.
8.- Cualquier otra
función necesaria para la realización del servicio. Nota: se considerará patio,
el patio u otros espacios similares del centro escolar que realicen la misma
función al inicio o fin del horario lectivo.
Dado que la redacción de las normativas referidas no entra en
especificar DETALLES DE APLICACIÓN, la Dirección del centro expone lo siguiente, en aras de saber y hacer saber cómo actuar en cada caso, especialmente, ante las incidencias o situaciones no
habituales, tratando de evitar con ello malentendidos, dudas o errónea aplicación del protocolo
establecido:
1º.- EULEN facilitará a la dirección del centro escolar
nombres, teléfonos de contacto y horarios de trabajo de las denominadas monitoras
de bus escolar y patio, así como teléfono de contacto de empresa y/o
responsable de la misma, junto a un correo electrónico como vía práctica de
comunicación bidireccional. La Dirección facilitará, igualmente, teléfonos y
correos electrónicos de comunicación.
2º.- Las convocatorias
de reunión de dirección con monitoras se hará a través de la empresa EULEN.
Estas reuniones se consideran necesarias al inicio del curso escolar, por cuestiones
organizativas y de actualización de datos; a la finalización del mismo, para
evaluar el funcionamiento del servicio y proponer modificaciones o sugerencias, si las hubiera;
y, además, siempre que Dirección y la empresa EULEN lo acuerden por cuestiones de mejora del
servicio.
3º.- Dirección, en virtud de lo que le compete en la
aplicación del artículo 7, punto 1 del Decreto 69/2015, podrá supervisar el
servicio personándose en el recorrido del bus escolar, lo cual comunicará previamente a la empresas
adjudicatarias.
4º.- Las monitoras, por cuestiones de distinción de su labor y de facilitar su identificación dentro
de la comunidad educativa, usarán, dentro de su horario de trabajo, peto facilitado por la empresa EULEN, y
portarán aquellas consignas de
identificación que la Dirección,
con ratificación de Consejo Escolar,
determine.
En este sentido, durante el curso 2014/15, se acordó que los niños y niñas de Educación Infantil y 1º
curso de Educación Primaria portasen en sus mochilas una consigna de color
según el recorrido de bus escolar al que pertenecían, con nombre y apellidos
y grupo de clase al que pertenecían, así
como el nombre de la monitora de su recorrido de bus escolar. Por su parte, el
bus llevaría expuesto en lugar visible
el cartel con color y número
correspondientes. Este acuerdo sigue vigente.
Al cambiar los recorridos y el nº de los buses, durante el
mes de septiembre se actualizarán estas consignas de identificación.
5º.- Si alguna familia se dirige a la monitora del bus
escolar correspondiente para solicitar un cambio de parada puntual,
periódico o definitivo, tanto para el
recorrido matinal como en el de regreso, debe indicarle que dicha petición sólo se puede gestionar a través de la
dirección del centro.
Al respecto, el centro
informará a las familias de este procedimiento, con el fin de evitar que
estas peticiones se dirijan, por desconocimiento, a las monitoras. Igualmente, el centro pondrá a disposición de las
familias solicitantes un impreso modelo de solicitud.
Finalmente, cada monitora será informada de las solicitudes
realizadas que le conciernen a su recorrido.
Las
solicitudes tramitadas durante el curso escolar, independientemente de la
gestión que de ellas se derive, se guardarán en un archivo de Dirección.
6º.- El horario de trabajo de todas y cada una de las
monitoras de EULEN finaliza con el inicio de las clases matinales.
Es responsabilidad de la monitora de patio atender,
vigilar y responsabilizarse del alumnado
de transporte escolar, tanto de Educación
Infantil como de Primaria.
Es responsabilidad de las monitoras de bus escolar atender,
vigilar y responsabilizarse del alumnado de sus turnos de recorrido de bus
escolar, tanto de Educación Infantil como de Primaria, hasta la entrada a clase
7º.- Si al viaje de regreso a casa no hubiera familiar en
la parada de recogida, la actuación de la monitora será la siguiente, y por el
orden indicado:
n Tratará de comunicar con los padres del niño o niña.
n Llamará al teléfono del centro escolar. Y de no ser
atendida…
n Llamará al director del CEP Concha.
n Llamará a su empresa (EULEN).
n Llamará a la policía municipal, y en su ausencia, a
las Ertzaintza.
En base a los
criterios que Dirección y/o la propia empresa le dieran, actuará.
(Desarrollo
del punto e) del Decreto 69/2015 y del punto 2 del Pliego).
En cualquier
caso, no debe bajarse del autobús e ir
con el niño o niña hasta su domicilio; no debe bajarle del autobús y dejarle solo
en la parada; no debe entregárselo a
otra familia, vecino, etc, a no ser que tenga autorización expresa.
Si tras tratar
de comunicar con la familia y/o esperar un
tiempo prudencial o de cortesía, si ve que la demora va a afectar al
resto del recorrido de manera sustancial, seguirá realizando éste con el niño o
niña que no ha sido recogido, ya que la normativa indica para estos casos que
la familia pueda ir a recogerle hasta la última parada del recorrido.
Cuando una
familia considere que por cercanía de la parada
a su domicilio, edad del alumno o alumna o cualquier otro motivo no es
necesario que un miembro de la misma se persone para recoger directamente al
niño o niña en la parada de destino, firmará una solicitud autorizando este
procedimiento y responsabilizándose de ello.
A tal
efecto, el centro pondrá a disposición de las familias solicitantes un
impreso modelo de solicitud.
De igual manera, cuando,
por razones de fuerza mayor, la familia no pueda recoger al niño o niña
y quiera que sea otra persona no
familiar la que se haga cargo de esta
recogida, lo solicitará mediante el modelo correspondiente, que se le facilitará en Dirección.
Finalmente, cada monitora será informada de las solicitudes realizadas
que le conciernen a su recorrido.
Las
solicitudes tramitadas durante el curso escolar, independientemente de la
gestión que de ellas se derive, se guardarán en un archivo de Dirección.
8º.- A cada monitora de bus escolar se le facilitará
(tras el tiempo preciso para actualización de datos, en el mes de
septiembre) un listado con los datos de los usuarios de su recorrido (nombre y
apellidos, curso al que pertenecen, parada autorizada y teléfonos de contacto
de familiares). Este listado se actualizará cuando los posibles cambios
surgidos así lo aconsejen. Los datos recogidos en este listado serán de uso
exclusivo para el mejor desarrollo del servicio y en condición de trabajadora
del mismo, y sólo en ese caso, por parte de las monitoras.
(Desarrollo
del punto 3 del Pliego).
Dado que, por
ejemplo, por razones de participación en actividades extraescolares o
asistencia a clases particulares, se
dan numerosos casos de alumnado que
puntual, periódica o permanentemente no usa el servicio de bus escolar en
los recorridos de regreso a casa por las tardes, el centro
pondrá a disposición de las familias de
los niños y niñas en esta situación una solicitud de obligado cumplimiento. Cada monitora será informada de las solicitudes realizadas que
le conciernen a su recorrido.
Las
solicitudes tramitadas durante el curso escolar, independientemente de la
gestión que de ellas se derive, se guardarán en un archivo de Dirección.
9º.- Las incidencias que deberán
ser comunicadas a Dirección se detallan seguidamente:
n Modificación de paradas, incluyendo cuando no
se realiza el recorrido completo y las
razones de esto.
n Observación de velocidad imprudente o maniobras arriesgadas que puedan poner en peligro a l@s
usuarios del transporte escolar.
n Incumplimiento de horario y motivo.
n No presencia de familiares en parada de recogida.
n Absentismo
permanente en el uso del transporte escolar.
n Absentismo periódico en el uso del transporte
escolar.
n Problemas detectados en el uso de cinturones de
seguridad.
n Presencia de un autobús diferente al titular del
servicio.
n Presencia de un conductor no habitual en el transporte.
n Descuidos repetidos de material u olvidos del
alumnado en el bus escolar.
n Episodios destacables de manifestación de sueño del
alumnado con cierta frecuencia.
n Actitudes de comportamiento inadecuado del alumnado.
n Cualquier otra que considere incidencia.
(Desarrollo
del apartado h) del Decreto 69/2015 y del punto 4 del Pliego).
Se facilitará
a las monitoras el siguiente modelo de comunicación de incidencias (parte de incidencias).
Data/Fecha:
|
Langilea/ Empleada:
| ||
Recorrido:
|
Turno:
|
Horario:
| |
Incidencia:
| |||
Firma:
|
Se colocará un buzón en Conserjería para que las monitoras depositen sus partes de incidencias. Así mismo, con el fin de minimizar posibles reticencias a comunicar una incidencia personalizada, tratando de facilitar con ello el anonimato del comunicante, se permite también depositar estos partes de incidencias en dicho buzón.
Las
incidencias recibidas durante el curso escolar, independientemente de la
gestión que de ellas se derive, se guardarán en un archivo de Dirección.
10º.- En el
apartado h) del Decreto y en el punto 10 del Pliego se menciona la “actitud
correcta” del personal. Por tanto, se evitarán las discusiones, especialmente,
con conductores, familiares del alumnado, pero también con cualquier otra
persona, durante el horario de trabajo y en el desarrollo de sus funciones, más
si cabe en presencia de alumnado.
Las posibles
desavenencias se gestionarán a través de la empresa EULEN y la Dirección del
centro, y nunca a título particular.
11.- Al inicio de cada curso escolar, se facilitará a EULEN el calendario escolar del curso.
12.- Dado que
en el apartado h) del Decreto se menciona el control individualizado
del transporte escolar y la presentación mensual y anual de un informe del uso del transporte escolar por
itinerario, centro y territorio. Y dado que nos parece importante conocer el
uso real que el alumnado con derecho a transporte hace del mismo, solicitamos
acordar cómo podemos tener acceso a
dichos datos, o, en su defecto, acordar un modo de ser informado el centro,
puntual o periódicamente, de los datos que
le conviene conocer.
13º.- El
centro comunicará a EULEN las
incidencias surgidas que le sean de su competencia, así como los
incumplimientos de esta normativa, si hubieran.
14º.- Tanto el
apartado j) del Decreto 69/2015, como en los puntos 6 y 4 del Pliego, para
monitoras de autobús y patio escolar, respectivamente, se hace referencia a la
seguridad, conocimiento de ubicación de
botiquines, y, en caso necesario, comunicación con los servicios de
urgencia, por lo que hemos de
asegurarnos que existe el conocimiento de botiquines y tienen los teléfonos de contacto.
ACUERDO DE
CONSEJO ESCOLAR DEL CEP CONCHA EN REFERENCIA A LA IDENTIFICACIÓN Y DISTINCIÓN
DEL PERSONAL ACOMPAÑANTE DE BUS ESCOLAR
Y DE VIGILANTES DE PATIO ESCOLAR:
El Consejo
Escolar del CEP Concha, OMR del mismo, en sesión extraordinaria celebrada el
jueves, 12 de noviembre de 2015, dentro de su punto 5 del Orden del Día toma el
siguiente acuerdo por unanimidad:
- Ratificar
acuerdo precedente en el sentido de que
los niños y niñas de Educación Infantil y 1º curso de Educación Primaria
portasen en sus mochilas una consigna de color, según el recorrido de bus
escolar al que pertenecían, con nombre y apellidos y grupo de clase al que pertenecen, así como el
nombre de la monitora de su recorrido de bus escolar. Por su parte, el bus llevaría expuesto en lugar visible el cartel
con color y número correspondientes. Así
mismo, las monitoras de bus y patio
escolar, por cuestiones de distinción de
su labor y de facilitar su
identificación dentro de la comunidad educativa, usarán, dentro de su horario
de trabajo, peto facilitado por la
empresa EULEN, y portarán aquellas consignas de
identificación que la Dirección,
con ratificación de Consejo Escolar,
determine.
Del
mismo modo, por unanimidad, el Consejo Escolar da validez al DOCUMENTO para
la GESTIÓN del TRANSPORTE ESCOLAR del
CEP CONCHA (2015/16), elaborado por Dirección, como documento interno
de mejora del funcionamiento y organización del centro escolar, en fecha 12 de
noviembre de 2015.
Teléfonos de interés
|
|
CEIP CONCHA
|
96 6 107 147
|
Director
|
647 35 34 16
|
EULEN
|
647 47 86 00
|
Urgencia médica
|
94 4 100 000
|
Policía Municipal Karrantza
(de 8 h a 15 h) |
651 70 86 66
|
Ertzaintza
|
94 680 27 01
|
Transporte Escolar
|
94 403 10 89
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Karrantza es peculiar y, cuando hay nieve en los barrios más altos, es habitual ver cómo mucho niños y niñas son transportados en tractores hasta la escuela, ya que los buses escolares, por seguridad, no suelen salir o solamente realizan parte de sus recorridos.
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