domingo, 8 de octubre de 2017

Transporte Escolar / Eskola Garraioa

     En el bus escolar también usa el cinturón de seguridad 
En los dos últimos cursos escolares se han ido dando una serie de modificaciones en el sistema de transporte escolar encaminadas a eliminar el doble turno en los recorridos de bus escolar de nuestra escuela, es decir, a evitar que los niños y niñas tuvieran que seguir esperando, incluso hasta más de media hora en muchos casos, en los patios del colegio, tanto por las mañanas antes de entrar a clase, como por las tardes después de acabar las clases. Este cambio conllevaba, además, buscar un modelo más sostenible.

      Hasta  entonces había 7 autobuses que realizaban 13 recorridos (6 de ellos a doble turno y uno a turno único). Ahora, desde el inicio del presente curso escolar, funcionan 10 autobuses, con único turno, y que, por tanto, realizan un total de 10 recorridos.
Lamentablemente, pese a ser Karrantza el municipio de mayor superficie de toda Bizkaia, el espacio de carga y descarga de los buses escolares es limitado, pero las empresas (y, lógicamente, sus chóferes), han mostrado  una actitud muy colaboradora desde el inicio del curso escolar, para aprovechar del mejor modo posible el espacio de ubicación.

     EMPRESAS ADJUTICATARIAS    
El departamento, antes de la finalización del curso anterior, sacó a adjudicaciones los recorridos del transporte escolar de toda Bizkaia, proceso que se resolvió al inicio de septiembre de 2017.
-- UTE Portillo-Busto: 5 recorridos.
-- Autocares Alba: 3 recorridos.
-- Autocares Zalla (Arzabe): 1 recorrido.
-- Zurekin Bus: 1 recorrido.
Autocares Alba realiza 3 recorridos (Lanzasgudas, Sangrices-Matienzo y Biañez)

     DETALLE de los RECORRIDOS (paradas)     
B3301: "Lanzasagudas" (Lanzasagudas--Bernales--El Cuadro--CEIP Concha).
B3302: "Sangrices-Matienzo" (El Rebollar--Sangrices(2)--Las Callejuelas--Matienzo (2)--CEIP Concha).
B3303: "Biañez" (Paules--Las Llamas--Biañez (2)--Bollain-- El Callejo--El Ferial (2)--CEIP Concha).
B3304: "Ambasaguas" (Ambasaguas Batzoki--CEIP Concha).
B3305: "Aldeacueva" (Valnera--La Calera del Prado--Salviejo--Aldeacueva--Sierra--Bustillo--CEIP Concha).
B3306: "Soscaño-San Esteban" (Soscaño--Trespalacio--Llano--Otides--San Ciprian--Treto--Villanueva de Presa--La Herran--Sancides--San Esteban (3)--Los Lombanos--CEIP Concha).
B3307: "Lanestosa" (Lanestosa--La Cadena--La Tolina--CEIP Concha).
B3308: "El Suceso" (El Pico--El Suceso--Las Torcachas--Herboso--Manzaneda de Biañez--El Callejo--CEIP Concha)
B3309: "Pando-Ahedo" (Las Barcenas--Pando--Cezura--Villapaterna--La Lama--La Calera de Salduraño--Ahedo (2)--CEIP Concha).
B33010: "Ranero-Ambasaguas" (Ranero--Santecilla--Ambasaguas Gasolinera--Las Campas--CEIP  Concha).
Zurekin Bus realiza el recorrido de El Suceso

          Cada recorrido tiene un color asignado e identificativo y llevan en su salpicadero un rótulo con el número y color del recorrido.

Arzabe (Autocares Zalla) realiza el recorrido de Ahedo
Del conjunto de alumnado usuario de transporte escolar en el gráfico superior se muestra la parte que pertenece a cada recorrido (por colores identificativos).

     ALUMNADO USUARIO     
En la tabla inferior se pueden ver el nº de alumnado de cada recorrido:
BUS
RECORRIDO
MONITORA
Nº de ALUMNADO
KONTXA
IES
TOTAL
B3301
Lanzasagudas
Silvia
 5
 4
 9
B3302
Sangrices-Matienzo
Mertxe Monduate
 16
 3
 19
B3303
Biañez
Jesu Martin
 14
 6
 20
B3304
Ambasaguas
Marisa
 28
 10
 38
B3305
Aldeacueva
Hodei Portillo
 10
 2
 12
B3306
Soscaño-San Esteban
Mari
 29
 14
 43
B3307
Lanestosa
Irune Cosgaya
 20
 7
 27
B3308
El Suceso
Miren
 15
 4
 19
B3309
Pando-Ahedo
Rosa Elechiguerra
 14
 6
 20
B33010
Ranero-Ambasaguas
Mertxe Elechiguerra
 13
 8
 21

Kontxa
IES
Total
HH
LH
59
104
64
227
163
            De esta tabla se deduce que el 83,43 % del alumnado del CEIP Concha es usuario del transporte escolar del centro. Un dato muy relevante.

En el siguiente cuadro se ve  en el conjunto de alumnado de transporte escolar qué parte de alumnado es de cada etapa (infantil, Primaria y ESO).

        Además, se mantiene una monitora de patio (Zaloa Trevilla), que al igual que las acompañantes de buses escolares pertenecen a la empresa EULEN.

      Las monitoras de bus escolar recogen en un listado semanal las ausencias del alumnado en el transporte escolar, cumpliendo con la normativa vigente. Este listado es entregado en Dirección, que lo remite a la Responsable de EULEN (Pilar Romo).
La UTE Portillo-Busto tiene cinco recorridos: Ambasaguas (nº 4), Aldeacueva (nº 5), Soscaño--San Esteban (nº 6), Lanestosa (nº 7) y Ranero-Ambasaguas (nº 10).

ESKOLA GARRAIORAKO ESKUBIDEA
         Ikastetxetik bizi daitezen distantziaren arabera garraioa behar duten HH, LH eta DBHko ikasleei Hezkuntza, Unibertsitate eta Ikerketa Sailak bere ikasle-garraioaren zerbitzua ematen die. Halaber, araudian eskaturiko baldintzak bete dituztenei eta eskatzen dutenei garraiorako banakako dirulaguntzak ematen dizkie. 

         Ikastetxeek ordaindu gabeko garraio gabeko zerbitzua daukate ondorengo zehaztapenak kontuan hartuz: 
HH, LH eta DBHko ikasleek soilik daukate zerbitzu hau erabiltzeko eskubidea, beren bizilekutik ikastetxera dagoen distantziaren arabera , eta beti ere Udaletexeak egindako agiria aurkeztuz gero: 
HH, LH eta DBHko 1. eta 2. mailetako ikasleentzat : 2 kilometro gutxienez.
3. eta 4. mailetako ikasleentzat : 4 kilometro gutxienez.

ESKOLA GARRAIOKO IRIZPIDE OROKORRAK HAUR HEZKUNTZAN (2. zikloa), LEHEN HEZKUNTZAN ETA DBHen (1. eta 2. zikloetan) APLIKATZEARI BURUZKOA
TE-1/2012 zirkularra, Hezkuntza,Unibertsitate eta Ikerketa Saileko Administrazio eta Zerbitzuen Sailburuordearena

     NORMATIVAS DE TRANSPORTE ESCOLAR     

          El transporte escolar es  un espacio educativo y, por tanto,  durante el mismo son también de aplicación las normas escolares sobre convivencia entre alumnado. Conviene recordar que  el derecho a transporte escolar puede ser confiscado si no se respeta su normativa. Para ello, es muy importante la colaboración de las familias del alumnado.

       La Dirección del centro recogió las diferentes normativas de transporte escolar en el denominado "DOCUMENTO para la GESTIÓN del TRANSPORTE  ESCOLAR del CEIP CONCHA", que a continuación se detalla:
  
1.- PERSONAL ACOMPAÑANTE DE BUS ESCOLAR Y MONITORA DE PATIO

1.1.- RECOPILACIÓN DE NORMATIVAS Y DETALLES DE APLICACIÓN

Es el DECRETO 69/ 2015, de 19 de mayo, el que regula el Transporte Escolar del alumnado de los centros docentes públicos no universitarios de la CAPV.
De dicho documento oficial nos parece interesarte rescatar lo siguiente:

- En su capítulo V, “DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE”, artículo 7, punto 1, dice:
Corresponde a la dirección del centro la organización, seguimiento, control y supervisión del servicio así como la gestión de las incidencias o denuncias que se puedan derivar de las conductas del alumnado o en la prestación del servicio.

- En su artículo 10, apartado d), indica:
El tiempo de prestación del servicio por parte del personal acompañante de transporte escolar será el que transcurre desde el inicio de la ruta en la primera parada donde se recoge al alumnado, hasta la hora de inicio de las clases, y desde la finalización de las clases hasta la última parada hasta donde se desplace el alumnado.


- Más adelante, el propio artículo 10, en su punto 2, expresa las funciones y obligaciones del personal acompañante:
El personal acompañante tendrá las funciones y obligaciones señaladas en la normativa vigente y en el contrato suscrito y, entre ellas, las siguientes:

a)        Realizar la ruta desde la primera parada de transporte, donde debe incorporarse, hasta el final de la misma.

b)        Ayudar a subir al alumnado al vehículo y, fundamentalmente, en los casos en los que el alumnado sufra dificultades especiales, acomodarlo y asegurarse de que ocupan sus respectivos asientos y de que no interfieran con la persona que conduce. Velar en todo momento por el bienestar del alumnado.

c)        Controlar que no entre nadie ajeno al autobús y, por lo que se refiere al trayecto de regreso, comprobar que cada niño o niña se baje en su parada correspondiente. No se permitirá que los niños o niñas cambien de autobús, ni de parada, salvo autorización expresa por parte de la dirección del centro.

d)        Acompañar al alumnado desde el autobús hasta el interior del recinto escolar, y en su caso, el cuidado de estos hasta la hora de inicio de las clases.

e)        Se asegurará de que los niños y niñas son recogidos por sus padres o madres, representantes o persona designada por los mismos. En caso contrario no dejará al alumno o alumna bajar del autobús, tratando de comunicarse con sus padres, madres o representantes. Asimismo lo comunicará al centro y a la empresa indicándole estos últimos las medidas a tomar.

f)         El personal acompañante deberá tener la competencia lingüística suficiente para atender en cualquiera de las dos lenguas oficiales a los escolares, a sus padres y madres, así como a sus representantes legales.

g)        Recibirá un listado en el que figuren los alumnos y alumnas que pueden utilizar el autobús y controlará que sólo los alumnos y alumnas relacionados en la lista utilicen el servicio.

h)        Comunicará a la dirección del centro y a su empresa cualquier alteración o incidencia surgida en el trayecto: modificación de paradas, incumplimiento horario, etc.

i)         Conocerá los mecanismos de seguridad del vehículo y la ubicación del botiquín.

j)         En caso de indisposición del alumnado u otras circunstancias que se produzcan en el recorrido, cuidará de los alumnos o alumnas afectados y, en su caso, llamará a los servicios médicos de urgencia.

k)        Por seguridad comprobará que todos los bultos como mochilas, bolsas, etc. sean ubicados en su lugar correcto, no entorpeciendo pasillos ni accesos.

l)         Colaborará a través de la empresa adjudicataria con el personal encargado del transporte de cada una de las Delegaciones Territoriales de Educación en el control y toma de datos con el fin de mejorar el servicio.

m)      Verificará la compañía y la matrícula del vehículo utilizado y, en el caso de que no sea el asignado para el trayecto, lo comunicará a la dirección del centro y a su empresa.

n)        Durante la prestación del servicio, y en base a la naturaleza del mismo, mantendrá una actitud correcta.

o)        Ante una situación difícil, el personal acompañante se pondrá en contacto con el centro escolar y con la empresa adjudicataria del servicio para que éstos adopten las medidas oportunas.

p)        Cualesquiera otras funciones que deba desempeñar en virtud de lo previsto en el pliego de prescripciones técnicas del servicio.
Estas funciones y obligaciones del personal acompañante también están recogidas, con otro estilo de redacción, en el PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA EL SERVICIO DE ACOMPAÑAÑTES DEL TRANSPORTE ESCOLAR A LOS CENTROS PÚBLICOS DEPENDIENTES DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA PARA LOS CURSOS ESCOLARES 2014/15, 2015/16 Y 2016/17, que en su punto 6 indica:
OBLIGACIONES DEL PERSONAL DE ACOMPAÑAMIENTO DE TRANSPORTE ESCOLAR Con la implantación del Servicio de Acompañantes de Transporte Escolar se pretende conseguir una mayor seguridad en el transporte de los alumnos desde su parada hasta el centro escolar. Son obligaciones del personal acompañante a nivel meramente enunciativo, que no limitativo, entre otras, las siguientes:

1.- Realizar el itinerario desde la primera parada de transporte, donde debe incorporarse, hasta el final del mismo. Ayudar a subir a los niños al vehículo y, fundamentalmente, en los casos en los que los alumnos sufran dificultades especiales, acomodarlos y asegurarse de que ocupan sus respectivos asientos y de que no interfieran con el conductor. Velará en todo momento por el bienestar de los niños. Controlará que no entre nadie ajeno al autobús y, por lo que se refiere al trayecto de regreso, comprobará que cada niño se baje en su parada correspondiente. No se permitirá que los niños cambien de autobús, ni de parada, salvo autorización expresa por parte de la Dirección del centro. Acompañará a los niños desde el autobús hasta el interior del recinto escolar, y en su caso, el cuidado de estos hasta el inicio de las clases.

2.- Se asegurará que los niños son recogidos por sus padres o persona designada por los mismos. En caso contrario no dejará al niño bajar del autobús, tratando de comunicarse con sus padres. Asimismo lo comunicará al centro y a la empresa indicándole estos últimos las medidas a tomar.

3.- Recibirá un listado en el que figuren los alumnos/as que pueden utilizar el autobús y controlará que sólo los alumnos/as relacionados en la lista utilicen el servicio.

4.- Comunicará a la Dirección del Centro y a su empresa cualquier alteración o incidencia surgida en el trayecto: modificación de paradas, incumplimiento horario, etc.

5.- Conocerá los mecanismos de seguridad del vehículo y la ubicación del botiquín.

6.- En caso de indisposición del alumnado u otras circunstancias que se produzcan en el recorrido, cuidará de los niños afectados y, en su caso, llamará a los servicios médicos de urgencia.

7.- Por seguridad comprobará que todos los bultos como mochilas, bolsas, etc. sean ubicados en su lugar correcto, no entorpeciendo pasillos ni accesos.

8.- Colaborará a través de la empresa adjudicataria con los encargados del transporte de cada una de las Delegaciones Territoriales de Educación en el control y toma de datos con el fin de mejorar el Servicio.

9.- Verificará la compañía y la matrícula del vehículo utilizado y, en el caso de que no sea el asignado para el trayecto, lo comunicará a la dirección del centro y a su empresa.

10.- Durante la prestación del servicio, y en base a la naturaleza del mismo, mantendrá una actitud correcta.

11.- Ante una situación difícil, el acompañante se pondrá en contacto con el centro escolar y con la empresa adjudicataria del servicio para que éstos adopten las medidas oportunas.

12.-Cualquier otra función necesaria para la realización del servicio.
Más adelante, el mencionado PLIEGO DE PRESCRIPCIONES aborda, en su punto 7, relativo a CUIDADORES DE PATIO, lo que a continuación de transcribe:
Su objeto es exclusivamente la de facilitar la organización logística de los itinerarios de transporte escolar como apoyo a la labor realizada por el acompañante del autobús en los casos que sea preciso.

Funciones:

1.- Velar por la seguridad de los niños en el patio. Asimismo, al fin de la jornada lectiva, cuidar de los niños en el patio hasta que estos tomen su correspondiente vehículo.

2.- Los niños permanecerán en el patio del centro docente, y los/las cuidadores se asegurarán que estos no abandonen dicho espacio.

3.- Velar por el bienestar de los niños, asegurándose de que no corran riesgos, en cuanto a juegos peligrosos, peleas, etc., manteniéndolos supervisados y controlados durante todo el tiempo de permanencia en el patio.

4.- Conocer la ubicación del botiquín del colegio, así como atender a cualquier niño que se encuentre indispuesto durante su permanencia en el patio escolar.

5.- Mantener una actitud correcta en presencia de los niños.

6.- Comunicar a la Dirección del Centro, así como a su empresa, cualquier alteración o incidencia sucedida durante la estancia en el patio.

7.- Ante una situación difícil surgida en el patio, el acompañante se pondrá en contacto con algún responsable del centro para que éste adopte las medidas oportunas.

8.- Cualquier otra función necesaria para la realización del servicio. Nota: se considerará patio, el patio u otros espacios similares del centro escolar que realicen la misma función al inicio o fin del horario lectivo.

         Dado que la redacción de las normativas referidas no entra en especificar DETALLES DE APLICACIÓN, la Dirección del centro expone lo siguiente, en aras de saber y hacer saber  cómo actuar en cada caso, especialmente,   ante las incidencias o situaciones no habituales, tratando de evitar con ello malentendidos,   dudas o errónea aplicación del protocolo establecido:

1º.- EULEN facilitará a la dirección del centro escolar nombres, teléfonos de contacto y horarios de trabajo de las denominadas monitoras de bus escolar y patio, así como teléfono de contacto de empresa y/o responsable de la misma, junto a un correo electrónico como vía práctica de comunicación bidireccional. La Dirección facilitará, igualmente, teléfonos y correos electrónicos de comunicación. 

2º.- Las  convocatorias de reunión de dirección con monitoras se hará a través de la empresa EULEN. Estas reuniones se consideran necesarias al inicio  del curso escolar, por cuestiones organizativas y de actualización de datos; a la finalización del mismo, para evaluar el funcionamiento del servicio y proponer  modificaciones o sugerencias, si las hubiera; y, además, siempre que Dirección y la empresa EULEN  lo acuerden por cuestiones de mejora del servicio.

3º.- Dirección, en virtud de lo que le compete en la aplicación del artículo 7, punto 1 del Decreto 69/2015, podrá supervisar el servicio personándose en el recorrido del bus escolar, lo cual  comunicará previamente a la empresas adjudicatarias.

4º.- Las monitoras, por cuestiones de  distinción de su  labor y de facilitar su identificación dentro de la comunidad educativa, usarán, dentro de su horario de trabajo,  peto facilitado por la empresa EULEN, y portarán aquellas consignas de  identificación que  la Dirección, con ratificación de Consejo Escolar,  determine.

En este sentido, durante el curso 2014/15, se acordó que  los niños y niñas de Educación Infantil y 1º curso de Educación Primaria portasen en sus mochilas una consigna de color según el recorrido de bus escolar al que pertenecían, con nombre y apellidos y  grupo de clase al que pertenecían, así como el nombre de la monitora de su recorrido de bus escolar. Por su parte, el bus  llevaría expuesto en lugar visible el cartel con color y número  correspondientes. Este acuerdo sigue vigente.
Al cambiar los recorridos y el nº de los buses, durante el mes de septiembre se actualizarán estas consignas de identificación.

5º.- Si alguna familia se dirige a la monitora del bus escolar correspondiente para solicitar un cambio de parada puntual, periódico  o definitivo, tanto para el recorrido matinal como en el de regreso, debe indicarle que dicha petición  sólo se puede gestionar a través de la dirección del centro.

Al respecto, el centro  informará a las familias de este procedimiento, con el fin de evitar que estas peticiones se dirijan, por desconocimiento, a las monitoras. Igualmente, el centro pondrá a disposición de las familias solicitantes un impreso modelo de solicitud.

Finalmente, cada monitora será informada de las solicitudes realizadas que le conciernen a su recorrido.

Las solicitudes tramitadas durante el curso escolar, independientemente de la gestión que de ellas se derive, se guardarán en un archivo de Dirección.

6º.- El horario de trabajo de todas y cada una de las monitoras de EULEN finaliza con el inicio de las clases matinales.

Es responsabilidad de la monitora de patio atender, vigilar  y responsabilizarse del alumnado de transporte escolar, tanto de Educación Infantil como de Primaria.

Es responsabilidad de las monitoras de bus escolar atender, vigilar y responsabilizarse del alumnado de sus turnos de recorrido de bus escolar, tanto de Educación Infantil como de Primaria, hasta la entrada a clase
7º.- Si al viaje de regreso a casa no hubiera familiar en la parada de recogida, la actuación de la monitora será la siguiente, y por el orden indicado:
n  Tratará de comunicar con los padres del niño o niña.
n  Llamará al teléfono del centro escolar. Y de no ser atendida…
n  Llamará al director del CEP Concha.
n  Llamará a su empresa (EULEN).
n  Llamará a la policía municipal, y en su ausencia, a las Ertzaintza.
En base a los criterios que Dirección y/o la propia empresa le dieran,  actuará.
(Desarrollo del punto e) del Decreto 69/2015 y del punto 2 del Pliego).

En cualquier caso, no debe bajarse del autobús  e ir con el niño o niña hasta su domicilio; no debe bajarle del autobús y dejarle solo en la parada;  no debe entregárselo a otra familia, vecino, etc, a no ser que tenga autorización expresa.

Si tras tratar de comunicar con la familia y/o esperar un  tiempo prudencial o de cortesía, si ve que la demora va a afectar al resto del recorrido de manera sustancial, seguirá realizando éste con el niño o niña que no ha sido recogido, ya que la normativa indica para estos casos que la familia pueda ir a recogerle hasta la última parada del recorrido. 

Cuando una familia considere que por cercanía de la parada  a su domicilio, edad del alumno o alumna o cualquier otro motivo no es necesario que un miembro de la misma se persone para recoger directamente al niño o niña en la parada de destino, firmará una solicitud autorizando este procedimiento y responsabilizándose de ello.

A tal efecto, el centro pondrá a disposición de las familias solicitantes un impreso modelo de solicitud.

De igual manera, cuando,  por razones de fuerza mayor, la familia no pueda recoger al niño o niña y quiera que  sea otra persona no familiar la que  se haga cargo de esta recogida, lo solicitará mediante el modelo correspondiente, que se le facilitará en Dirección.

Finalmente, cada monitora será informada de las solicitudes realizadas que le conciernen a su recorrido.

Las solicitudes tramitadas durante el curso escolar, independientemente de la gestión que de ellas se derive, se guardarán en un archivo de Dirección.

8º.- A  cada monitora de bus escolar se le facilitará (tras el  tiempo preciso para  actualización de datos, en el mes de septiembre) un listado con los datos de los usuarios de su recorrido (nombre y apellidos, curso al que pertenecen, parada autorizada y teléfonos de contacto de familiares). Este listado se actualizará cuando los posibles cambios surgidos así lo aconsejen. Los datos recogidos en este listado serán de uso exclusivo para el mejor desarrollo del servicio y en condición de trabajadora del mismo, y sólo en ese caso, por parte de las monitoras.
(Desarrollo del punto 3 del Pliego).

          Dado que, por ejemplo, por razones de participación en actividades extraescolares o asistencia a clases particulares,  se dan  numerosos casos de alumnado que puntual, periódica o permanentemente no usa el servicio de bus escolar en los  recorridos de  regreso a casa por las tardes, el centro pondrá  a disposición de las familias de los niños y niñas en esta situación una solicitud de obligado cumplimiento. Cada monitora será informada de las solicitudes realizadas que le conciernen a su recorrido.

        Las solicitudes tramitadas durante el curso escolar, independientemente de la gestión que de ellas se derive, se guardarán en un archivo de Dirección.

9º.- Las incidencias que deberán ser comunicadas a Dirección se detallan seguidamente:
n  Modificación de paradas, incluyendo cuando no se  realiza el recorrido completo y las razones de  esto.
n  Observación de velocidad imprudente o maniobras  arriesgadas que puedan poner en peligro a l@s usuarios del transporte escolar.
n  Incumplimiento de horario y motivo.
n  No presencia de familiares en parada de recogida.
n  Absentismo  permanente en el uso del transporte escolar.
n  Absentismo periódico en el uso del transporte escolar.
n  Problemas detectados en el uso de cinturones de seguridad.
n  Presencia de un autobús diferente al titular del servicio.
n  Presencia de un conductor  no habitual en el transporte.
n  Descuidos repetidos de material u olvidos del alumnado en el bus escolar.
n  Episodios destacables de manifestación de sueño del alumnado con  cierta frecuencia.
n  Actitudes de comportamiento inadecuado del alumnado.
n  Cualquier otra que considere incidencia.
(Desarrollo del apartado h) del Decreto 69/2015 y del punto 4 del Pliego).

Se facilitará a las monitoras el siguiente modelo de comunicación de incidencias (parte de incidencias).

Data/Fecha:
Langilea/ Empleada:
Recorrido:
Turno:
Horario:

Incidencia:






Firma:



         Se colocará un buzón en Conserjería para que las monitoras depositen sus partes de incidencias. Así mismo, con el fin de minimizar posibles reticencias a comunicar una incidencia personalizada, tratando de facilitar con ello el anonimato del comunicante, se  permite también depositar estos partes de incidencias en dicho buzón.

        Las incidencias recibidas durante el curso escolar, independientemente de la gestión que de ellas se derive, se guardarán en un archivo de Dirección.

10º.- En el apartado h) del Decreto y en el punto 10 del Pliego se menciona la “actitud correcta” del personal. Por tanto, se evitarán las discusiones, especialmente, con conductores, familiares del alumnado, pero también con cualquier otra persona, durante el horario de trabajo y en el desarrollo de sus funciones, más si cabe en presencia de alumnado.

Las posibles desavenencias se gestionarán a través de la empresa EULEN y la Dirección del centro, y nunca a título particular.

11.- Al inicio de cada curso escolar, se facilitará a EULEN el calendario escolar del curso. 

12.- Dado que en el apartado h) del Decreto se menciona el control individualizado del transporte escolar y la presentación mensual y anual de un  informe del uso del transporte escolar por itinerario, centro y territorio. Y dado que nos parece importante conocer el uso real que el alumnado con derecho a transporte hace del mismo, solicitamos acordar cómo podemos  tener acceso a dichos datos, o, en su defecto, acordar un modo de ser informado el centro, puntual o periódicamente, de los datos que  le conviene conocer.

13º.- El centro  comunicará a EULEN las incidencias surgidas que le sean de su competencia, así como los incumplimientos de esta normativa, si hubieran.

14º.- Tanto el apartado j) del Decreto 69/2015, como en los puntos 6 y 4 del Pliego, para monitoras de autobús y patio escolar, respectivamente, se hace referencia a la seguridad, conocimiento de ubicación de  botiquines, y, en caso necesario, comunicación con los servicios de urgencia, por lo que  hemos de asegurarnos que existe el conocimiento de botiquines y   tienen los teléfonos de contacto.

ACUERDO DE CONSEJO ESCOLAR DEL CEP CONCHA EN REFERENCIA A LA IDENTIFICACIÓN Y DISTINCIÓN DEL PERSONAL ACOMPAÑANTE DE  BUS ESCOLAR Y DE VIGILANTES DE PATIO ESCOLAR:

        El Consejo Escolar del CEP Concha, OMR del mismo, en sesión extraordinaria celebrada el jueves, 12 de noviembre de 2015, dentro de su punto 5 del Orden del Día toma el siguiente acuerdo por unanimidad:

- Ratificar acuerdo precedente en el sentido de que  los niños y niñas de Educación Infantil y 1º curso de Educación Primaria portasen en sus mochilas una consigna de color, según el recorrido de bus escolar al que pertenecían, con nombre y apellidos y  grupo de clase al que pertenecen, así como el nombre de la monitora de su recorrido de bus escolar. Por su parte, el bus  llevaría expuesto en lugar visible el cartel con color y número  correspondientes. Así mismo, las  monitoras de bus y patio escolar, por cuestiones de  distinción de su  labor y de facilitar su identificación dentro de la comunidad educativa, usarán, dentro de su horario de trabajo,  peto facilitado por la empresa EULEN, y portarán aquellas consignas de  identificación que  la Dirección, con ratificación de Consejo Escolar,  determine.

         Del mismo modo, por unanimidad, el Consejo Escolar da validez al DOCUMENTO para la GESTIÓN del TRANSPORTE  ESCOLAR del CEP CONCHA  (2015/16), elaborado por Dirección, como documento interno de mejora del funcionamiento y organización del centro escolar, en fecha 12 de noviembre de 2015.

Teléfonos de interés
CEIP CONCHA
96 6 107 147
Director 
647 35 34 16
EULEN 
647 47 86 00
Urgencia médica
94 4 100 000
Policía Municipal Karrantza
 (de 8 h a 15 h)
651 70 86 66
Ertzaintza
94 680 27 01
Transporte Escolar
94 403 10 89
Karrantza es peculiar y, cuando hay nieve en los barrios más altos, es habitual ver cómo mucho niños y niñas son transportados en tractores hasta  la escuela, ya que los buses escolares, por seguridad, no suelen salir o solamente realizan parte de sus recorridos.

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